Al Pueblo de México:
Desde el mes de febrero pasado, ha surgido la noticia de dos amparos que fueron ganados por dos ahorradores afectados por Ficrea, en juicios por separado, contra la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), a quien acusan de actuación irregular que les llevó a perder parte o la totalidad de su patrimonio, lo mismo que le ocurrió a más de 6 mil ahorradores mexicanos, a partir del decreto de la intervención realizada contra la entidad financiera el 7 de noviembre de 2014.
Estos dos juicios victoriosos para ahorradores, han provocado un alud de comentarios, preguntas, dudas, inquietudes entre la comunidad de defraudados.
A continuación hacemos un recuento de algunas de esas inquietudes recogidas en charlas personales, contactos a este Blog, conversaciones y comunicaciones en redes sociales, y proveeremos de información que está disponible para dar una respuesta a cada pregunta, dentro de lo posible. De ningún modo pretendemos dar asesoría o consejo legal de ningún tipo, por lo que se recomienda a los interesados a consultar con abogados antes de emprender acción de cualquier tipo.
En lo que sigue sólo se hace una recopilación de la información disponible, de manera pública, y se presenta en forma de pregunta-respuesta.
1. ¿Dónde puedo obtener información sobre los dos juicios recientes ganados por ahorradores?
Respuesta: El primer juicio de amparo directo, número 552/2018, causó sentencia del Decimoquinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, el 13 de febrero de 2019. El segundo juicio de amparo directo, número 535/2018 causó sentencia, por el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, el 20 de marzo de 2019.
Información general de cada juicio y copia de sus respectivas sentencias (versiones públicas), puede consultarse en las siguientes ligas:
Adicionalmente, respecto al primer juicio, el periódico El Economista, publicó la siguiente información, incluida una entrevista con el abogado que ganó el juicio para su cliente. Ver aquí.
Fue el único medio corporativo que informó sobre este juicio de amparo ganado por un ahorrador.
2. ¿Son idénticos ambos juicios ganados a favor de ahorradores?
R: Los abogados informan que ningún juicio es idéntico, sin embargo tienen similitudes por estar referidos a los mismos hechos por los que se responsabiliza a la CNBV.
3. ¿Estos dos juicios son los únicos de su tipo que han recibido sentencia hasta ahora?
R: Según los datos de que disponemos, cuatro juicios de amparo de este tipo han recibido sentencias. Dos sentencias, todas ellas emitidas por tribunales colegiados federales, han sido a favor de los quejosos, y dos han sido en contra. Esto porque cada magistrado valora el caso según su criterio e interpretación de los hechos a la luz de las leyes. Cada tribunal colegiado consta de tres magistrados y cada uno emite su voto. En el primer juicio ganado por la ahorradora, el voto de los tres jueces fue unánime en su favor. En el segundo juicio ganado, el voto fue dividido, 2 a 1. Los otros dos juicios, evidentemente, los votos fueron en contra de los quejosos.
4. ¿Qué estrategia o camino legal siguió el abogado que ganó estos dos juicios para sus clientes? R: Apoyándose en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado (LFRP), el abogado interpuso una reclamación por daño patrimonial ante la CNBV, que es la entidad que regulaba y supervisaba a Ficrea. Como era previsible, la CNBV respondió negativamente a la reclamación. Entonces, el abogado y su cliente, en cada caso por separado, acudió al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), que no es parte del poder judicial sino que depende del gobierno, en particular de la Secretaría de Hacienda, para pedirle que estudiara el caso y se pronunciara sobre la actuación irregular de la CNBV y si dicha actuación habría causado el daño patrimonial alegado por el quejoso. De nuevo, como era previsible, puesto que el TFJA es juez y parte, los magistrados de ese tribunal fallaron en contra de la parte acusadora. Es entonces cuando el abogado procedió a interponer un juicio de amparo, este sí, ante el poder judicial federal, por considerar que se estaban violando los derechos constitucionales de su defendido. Y este es el procedimiento que siguió en cada caso por separado.
6. ¿Qué argumentos usaron el ahorrador y su abogado para probar que la CNBV incurrió en administración irregular de la regulación y supervisión de Ficrea?
R: Recordemos que la CNBV desde la intervención, a través de su entonces presidente, Aguadé, sostuvo que sus acciones impidieron un mayor daño a los ahorradores y que la acción fue para preservar los activos de la empresa, que eran en realidad de los depositantes. Recordemos que Aguadé repetía una y otra vez dichas afirmaciones. Sin embargo, estos ahorradores, junto con su abogado, argumentaron que existen pruebas de que la CNBV conocía de las irregularidades de Ficrea desde hacía 2 a 3 años antes de noviembre de 2014, y que a pesar de ello nunca actuó públicamente para alertar al público, lo que ocasionó que en esos años, el grueso de los ahorradores hiciera depósitos a la entidad regulada y avalada por la misma CNBV.
El principal elemento que pesó en los juicios ganadores, y en la decisión final de los magistrados, fue la existencia e introducción en el juicio de un documento denominado, Informe General de Inspección Ordinaria, de fecha 8 de abril de 2013. Se trata de un informe emitido por los propios supervisores de la CNBV luego de una "visita" o inspección ordinaria realizada a Ficrea, en el que concluyeron que existían graves irregularidades en el manejo de la empresa. Esta más otras pruebas fueron las que pesaron en la sentencia final otorgado a favor de los quejosos.
5. Además del abogado que ganó estos juicios, ¿Se sabe de otros abogados de ahorradores que hayan seguido estrategias similares?
R: Hemos llegado a saber que el abogado que ha ganado dos juicios y perdido dos, con la estrategia mencionada, tomó los casos de 20 ahorradores de Ficrea, en total. Para todos estos casos, la estrategia seguida fue similar, pero como cada juicio es diferente, algunos casos de los 16 que le restan, se encuentran aún en la etapa de estudio por parte del TFJA, otros ya han recibido sentencias de éste y tienen juicios de amparo en curso.
Hay otro abogado que ha afirmado públicamente, ante medios corporativos, que ha seguido una estrategia muy similar a la expuesta arriba. Se trata del abogado Martín Regalado, quien afirma llevar los casos de 50 ahorradores. Hasta ahora, no se ha sabido públicamente si algún caso llevado por Regalado ha tenido algún tipo de desenlace. Pero se presume que en un futuro cercano podría haber noticias sobre estos casos.
Personas que se mueven en los medios judiciales han informado a este Blog que hay un aproximado de 138 juicios de ahorradores de Ficrea que alcanzaron a llegar al TFJA. Es decir, de un universo de 6,000 ahorradores originalmente defraudados, sólo el 2.3% siguió el camino de la reclamación por daño patrimonial, o al menos logró que sus casos prosperaran hasta la discusión del fondo de caso, que es que si la actuación irregular de la CNBV provocó daño a sus patrimonios.
O sea que si el abogado Jaime Cruz Palma, lleva 20 casos y Regalado 50, podría haber entre 60 a 70 ahorradores más que firmaron con diferentes abogados y que tengan sus casos en algún paso entre el TFJA y juicios de amparo por sentencias en contra de dicho tribunal.
6. ¿Cuál es la probabilidad de que la mayoría de esos casos que lleguen a recibir sentencias a favor en tribunales federales?
R: No existe ninguna certeza de que de estos 138 casos en total, la mayoría será a favor de los quejosos o en su contra, puesto que cada tribunal vota de forma independiente. Además, el resultado de un amparo es exclusivo de la persona que lo interpuso y sus beneficios no son transferibles aunque se trate de personas afectadas por los mismos hechos.
Los abogados hablan de que si, en casos similares, como los referidos a los ahorradores de Ficrea, se acumulan sentencias en un sentido u otro, esto puede usarse como antecedente en casos ulteriores, que los abogados pueden argumentar para fortalecer el caso de los quejosos, y que los magistrados deben tomar en cuenta. Es por ello que es de relevancia para el resto de los ahorradores que aún tienen juicios pendientes, que existan sentencias a favor de los afectados.
7. La victoria de estos dos ahorradores en juicios de amparo, ¿significa que muy pronto van a ser resarcidos de la totalidad de sus ahorros perdidos con la intervención y liquidación de Ficrea?
R: La respuesta es que el camino que les queda hasta la posible recuperación total de sus ahorros, es aún muy largo. Las sentencias a favor en el tribunal colegiado sólo determina que sí hubo una actuación irregular de la CNBV en el caso Ficrea, lo cual en sí mismo es un gran logro y avance para ellos --y como dijimos, para los antecedentes jurídicos del caso--. Lo que ordenan los tribunales colegiados es que cada caso sea regresado al TFJA para que vuelva a deliberarlo, pero esta vez sobre la base de que sí hubo administración irregular. Lo que tendría entonces que juzgar el TFJA y que el quejoso debe probar es que la actuación irregular de la CNBV fue lo que le causó su daño patrimonial. Es decir, el TFJA aún podría decidir que aunque hubo actuación irregular, este no fue la causante del daño. Ya que podrían alegar los magistrados de ese tribunal, que el daño fue causado por las mismas reglas del sistema libre capitalista, o por el supuesto defraudador señalado por la CNBV. En caso de que la sentencia en el TFJA sea de nuevo en contra, los quejosos aún tendrían la opción de interponer un amparo más, esta vez, alegando que sí fue la actuación irregular la causante de sus pérdidas patrimoniales. No existe estimación de la duración en tiempo de todo este proceso, pero podría ser de un año o aún más.
8. ¿Ha reaccionado la CNBV contra las sentencias en su contra?
R: Se sabe que la CNBV pidió una revisión constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de las dos sentencias en juicios de amparo a favor de ahorradores. Esto atrasará todo el proceso por lo menos otros seis meses, ya que el caso no puede regresar de nuevo al TFJA en tanto la SCJN no se pronuncie. Los dos quejosos tienen ampliar posibilidades de salir avante de la revisión de la SCJN, ya que ésta no se pronunciará sobre el fondo del asunto, sino que únicamente revisará que no existan violaciones constitucionales en las sentencias de los tribunales colegiados. Así ha opinado un abogado consultado por este Blog.
9. Yo firmé como mi abogado a Fausi Hamdan, quien quiere llevar sus casos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Costa Rica. ¿Puede este abogado llegar a tener un éxito parecido al de los dos ahorradores que ganaron sus juicios?
El camino que escogió el abogado Hamdan fue diferente. También, queriendo apoyarse en la LFRPE, interpuso a favor de sus defendidos --mas de 1000 según se sabe-- una reclamación por daño patrimonial, pero ante la Secretaría de Hacienda (SHCP) en lugar de ante la CNBV. La SHCP respondió que no era el órgano adecuado ante el cual hacer la reclamación. Al parecer Fausi también tuvo problemas con el carácter colectivo con el que pretendía inscribir la reclamación. Ante la negativa de la SHCP de responder por la reclamación por el caso Ficrea, Fausi acudió a una serie de tribunales con juicios de amparo, pero estos nunca llegaron al fondo del asunto --como los 136 casos referidos arriba--, sino que la discusión se quedó en cuestiones procesales, de que si la SHCP era la competente, que si la reclamación colectiva era o no fundada, etcétera. Cuando el caso llegó a la SCJN ésta negó el beneficio a los representados por Hamdan, quien nunca logró que ningún juez ni magistrado considerara siquiera el fondo del asunto. Lo que resulte de su denuncia ante la CIDH será un camino diferente al ocurrido en los casos aquí referidos.
10. ¿Puedo ahora mismo comenzar mi propio camino para hacer una reclamación patrimonial, si no lo he hecho?
R: La LFRPE dice los siguiente en su artículo 25:
Estos dos juicios victoriosos para ahorradores, han provocado un alud de comentarios, preguntas, dudas, inquietudes entre la comunidad de defraudados.
A continuación hacemos un recuento de algunas de esas inquietudes recogidas en charlas personales, contactos a este Blog, conversaciones y comunicaciones en redes sociales, y proveeremos de información que está disponible para dar una respuesta a cada pregunta, dentro de lo posible. De ningún modo pretendemos dar asesoría o consejo legal de ningún tipo, por lo que se recomienda a los interesados a consultar con abogados antes de emprender acción de cualquier tipo.
En lo que sigue sólo se hace una recopilación de la información disponible, de manera pública, y se presenta en forma de pregunta-respuesta.
1. ¿Dónde puedo obtener información sobre los dos juicios recientes ganados por ahorradores?
Respuesta: El primer juicio de amparo directo, número 552/2018, causó sentencia del Decimoquinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, el 13 de febrero de 2019. El segundo juicio de amparo directo, número 535/2018 causó sentencia, por el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, el 20 de marzo de 2019.
Información general de cada juicio y copia de sus respectivas sentencias (versiones públicas), puede consultarse en las siguientes ligas:
- "Justicia federal determina que SÍ hubo actuación irregular de CNBV encaso Ficrea"
- "Segundo golpe a CNBV: Tribunal federal dice que sí hubo actuar irregular en caso Ficrea"
Adicionalmente, respecto al primer juicio, el periódico El Economista, publicó la siguiente información, incluida una entrevista con el abogado que ganó el juicio para su cliente. Ver aquí.
Fue el único medio corporativo que informó sobre este juicio de amparo ganado por un ahorrador.
2. ¿Son idénticos ambos juicios ganados a favor de ahorradores?
R: Los abogados informan que ningún juicio es idéntico, sin embargo tienen similitudes por estar referidos a los mismos hechos por los que se responsabiliza a la CNBV.
3. ¿Estos dos juicios son los únicos de su tipo que han recibido sentencia hasta ahora?
R: Según los datos de que disponemos, cuatro juicios de amparo de este tipo han recibido sentencias. Dos sentencias, todas ellas emitidas por tribunales colegiados federales, han sido a favor de los quejosos, y dos han sido en contra. Esto porque cada magistrado valora el caso según su criterio e interpretación de los hechos a la luz de las leyes. Cada tribunal colegiado consta de tres magistrados y cada uno emite su voto. En el primer juicio ganado por la ahorradora, el voto de los tres jueces fue unánime en su favor. En el segundo juicio ganado, el voto fue dividido, 2 a 1. Los otros dos juicios, evidentemente, los votos fueron en contra de los quejosos.
4. ¿Qué estrategia o camino legal siguió el abogado que ganó estos dos juicios para sus clientes? R: Apoyándose en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado (LFRP), el abogado interpuso una reclamación por daño patrimonial ante la CNBV, que es la entidad que regulaba y supervisaba a Ficrea. Como era previsible, la CNBV respondió negativamente a la reclamación. Entonces, el abogado y su cliente, en cada caso por separado, acudió al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), que no es parte del poder judicial sino que depende del gobierno, en particular de la Secretaría de Hacienda, para pedirle que estudiara el caso y se pronunciara sobre la actuación irregular de la CNBV y si dicha actuación habría causado el daño patrimonial alegado por el quejoso. De nuevo, como era previsible, puesto que el TFJA es juez y parte, los magistrados de ese tribunal fallaron en contra de la parte acusadora. Es entonces cuando el abogado procedió a interponer un juicio de amparo, este sí, ante el poder judicial federal, por considerar que se estaban violando los derechos constitucionales de su defendido. Y este es el procedimiento que siguió en cada caso por separado.
6. ¿Qué argumentos usaron el ahorrador y su abogado para probar que la CNBV incurrió en administración irregular de la regulación y supervisión de Ficrea?
R: Recordemos que la CNBV desde la intervención, a través de su entonces presidente, Aguadé, sostuvo que sus acciones impidieron un mayor daño a los ahorradores y que la acción fue para preservar los activos de la empresa, que eran en realidad de los depositantes. Recordemos que Aguadé repetía una y otra vez dichas afirmaciones. Sin embargo, estos ahorradores, junto con su abogado, argumentaron que existen pruebas de que la CNBV conocía de las irregularidades de Ficrea desde hacía 2 a 3 años antes de noviembre de 2014, y que a pesar de ello nunca actuó públicamente para alertar al público, lo que ocasionó que en esos años, el grueso de los ahorradores hiciera depósitos a la entidad regulada y avalada por la misma CNBV.
El principal elemento que pesó en los juicios ganadores, y en la decisión final de los magistrados, fue la existencia e introducción en el juicio de un documento denominado, Informe General de Inspección Ordinaria, de fecha 8 de abril de 2013. Se trata de un informe emitido por los propios supervisores de la CNBV luego de una "visita" o inspección ordinaria realizada a Ficrea, en el que concluyeron que existían graves irregularidades en el manejo de la empresa. Esta más otras pruebas fueron las que pesaron en la sentencia final otorgado a favor de los quejosos.
5. Además del abogado que ganó estos juicios, ¿Se sabe de otros abogados de ahorradores que hayan seguido estrategias similares?
R: Hemos llegado a saber que el abogado que ha ganado dos juicios y perdido dos, con la estrategia mencionada, tomó los casos de 20 ahorradores de Ficrea, en total. Para todos estos casos, la estrategia seguida fue similar, pero como cada juicio es diferente, algunos casos de los 16 que le restan, se encuentran aún en la etapa de estudio por parte del TFJA, otros ya han recibido sentencias de éste y tienen juicios de amparo en curso.
Hay otro abogado que ha afirmado públicamente, ante medios corporativos, que ha seguido una estrategia muy similar a la expuesta arriba. Se trata del abogado Martín Regalado, quien afirma llevar los casos de 50 ahorradores. Hasta ahora, no se ha sabido públicamente si algún caso llevado por Regalado ha tenido algún tipo de desenlace. Pero se presume que en un futuro cercano podría haber noticias sobre estos casos.
Personas que se mueven en los medios judiciales han informado a este Blog que hay un aproximado de 138 juicios de ahorradores de Ficrea que alcanzaron a llegar al TFJA. Es decir, de un universo de 6,000 ahorradores originalmente defraudados, sólo el 2.3% siguió el camino de la reclamación por daño patrimonial, o al menos logró que sus casos prosperaran hasta la discusión del fondo de caso, que es que si la actuación irregular de la CNBV provocó daño a sus patrimonios.
O sea que si el abogado Jaime Cruz Palma, lleva 20 casos y Regalado 50, podría haber entre 60 a 70 ahorradores más que firmaron con diferentes abogados y que tengan sus casos en algún paso entre el TFJA y juicios de amparo por sentencias en contra de dicho tribunal.
6. ¿Cuál es la probabilidad de que la mayoría de esos casos que lleguen a recibir sentencias a favor en tribunales federales?
R: No existe ninguna certeza de que de estos 138 casos en total, la mayoría será a favor de los quejosos o en su contra, puesto que cada tribunal vota de forma independiente. Además, el resultado de un amparo es exclusivo de la persona que lo interpuso y sus beneficios no son transferibles aunque se trate de personas afectadas por los mismos hechos.
Los abogados hablan de que si, en casos similares, como los referidos a los ahorradores de Ficrea, se acumulan sentencias en un sentido u otro, esto puede usarse como antecedente en casos ulteriores, que los abogados pueden argumentar para fortalecer el caso de los quejosos, y que los magistrados deben tomar en cuenta. Es por ello que es de relevancia para el resto de los ahorradores que aún tienen juicios pendientes, que existan sentencias a favor de los afectados.
7. La victoria de estos dos ahorradores en juicios de amparo, ¿significa que muy pronto van a ser resarcidos de la totalidad de sus ahorros perdidos con la intervención y liquidación de Ficrea?
R: La respuesta es que el camino que les queda hasta la posible recuperación total de sus ahorros, es aún muy largo. Las sentencias a favor en el tribunal colegiado sólo determina que sí hubo una actuación irregular de la CNBV en el caso Ficrea, lo cual en sí mismo es un gran logro y avance para ellos --y como dijimos, para los antecedentes jurídicos del caso--. Lo que ordenan los tribunales colegiados es que cada caso sea regresado al TFJA para que vuelva a deliberarlo, pero esta vez sobre la base de que sí hubo administración irregular. Lo que tendría entonces que juzgar el TFJA y que el quejoso debe probar es que la actuación irregular de la CNBV fue lo que le causó su daño patrimonial. Es decir, el TFJA aún podría decidir que aunque hubo actuación irregular, este no fue la causante del daño. Ya que podrían alegar los magistrados de ese tribunal, que el daño fue causado por las mismas reglas del sistema libre capitalista, o por el supuesto defraudador señalado por la CNBV. En caso de que la sentencia en el TFJA sea de nuevo en contra, los quejosos aún tendrían la opción de interponer un amparo más, esta vez, alegando que sí fue la actuación irregular la causante de sus pérdidas patrimoniales. No existe estimación de la duración en tiempo de todo este proceso, pero podría ser de un año o aún más.
8. ¿Ha reaccionado la CNBV contra las sentencias en su contra?
R: Se sabe que la CNBV pidió una revisión constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de las dos sentencias en juicios de amparo a favor de ahorradores. Esto atrasará todo el proceso por lo menos otros seis meses, ya que el caso no puede regresar de nuevo al TFJA en tanto la SCJN no se pronuncie. Los dos quejosos tienen ampliar posibilidades de salir avante de la revisión de la SCJN, ya que ésta no se pronunciará sobre el fondo del asunto, sino que únicamente revisará que no existan violaciones constitucionales en las sentencias de los tribunales colegiados. Así ha opinado un abogado consultado por este Blog.
9. Yo firmé como mi abogado a Fausi Hamdan, quien quiere llevar sus casos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Costa Rica. ¿Puede este abogado llegar a tener un éxito parecido al de los dos ahorradores que ganaron sus juicios?
El camino que escogió el abogado Hamdan fue diferente. También, queriendo apoyarse en la LFRPE, interpuso a favor de sus defendidos --mas de 1000 según se sabe-- una reclamación por daño patrimonial, pero ante la Secretaría de Hacienda (SHCP) en lugar de ante la CNBV. La SHCP respondió que no era el órgano adecuado ante el cual hacer la reclamación. Al parecer Fausi también tuvo problemas con el carácter colectivo con el que pretendía inscribir la reclamación. Ante la negativa de la SHCP de responder por la reclamación por el caso Ficrea, Fausi acudió a una serie de tribunales con juicios de amparo, pero estos nunca llegaron al fondo del asunto --como los 136 casos referidos arriba--, sino que la discusión se quedó en cuestiones procesales, de que si la SHCP era la competente, que si la reclamación colectiva era o no fundada, etcétera. Cuando el caso llegó a la SCJN ésta negó el beneficio a los representados por Hamdan, quien nunca logró que ningún juez ni magistrado considerara siquiera el fondo del asunto. Lo que resulte de su denuncia ante la CIDH será un camino diferente al ocurrido en los casos aquí referidos.
10. ¿Puedo ahora mismo comenzar mi propio camino para hacer una reclamación patrimonial, si no lo he hecho?
R: La LFRPE dice los siguiente en su artículo 25:
ARTÍCULO 25.- El derecho a reclamar indemnización prescribe en un año, mismo que se computará a partir del día siguiente a aquel en que se hubiera producido la lesión patrimonial, o a partir del momento en que hubiesen cesado sus efectos lesivos, si fuesen de carácter continuo. Cuando existan daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo de prescripción será de dos años.
Los plazos de prescripción previstos en este artículo, se interrumpirán al iniciarse el procedimiento de reclamación, a través de los cuales se impugne la legalidad de los actos administrativos que probablemente produjeron los daños o perjuicios.
La prescripción de un año, en el caso Ficrea normalmente se interpreta a partir de dos fechas en que se produce la lesión patrimonial: a partir del día de la intervención, 7 de noviembre de 2014, o bien, a partir del anuncio de la revocación de la licencia para operar como Sofipo, 19 de diciembre de 2014, aunque también puede ser la fecha de aparición del decreto de revocación en el Diario Oficial, el 24 de diciembre de 2014. Si se toman estas fechas como las que se produjo la lesión, entonces el plazo de un año ya se cumplió, por lo que la responsabilidad del Estado ha prescrito.
Sin embargo, un abogado podría argumentar que los daños producidos por Ficrea son de carácter contínuo, puesto que estos no han cesado, o bien se podría argumentar que el daño patrimonial se ha verificado en algún momento del avance del concurso mercantil (CM), o bien, cuando se declare la conclusión de éste.
La viabilidad o no, de que se pueda comenzar, en fechas posteriores a 2015, una reclamación por daño patrimonial, dependerá de si hay abogados capaces y determinados a hacer la argumentación respectiva. En cada caso, el ahorrador debe valorar si le conviene buscar ese camino y encontrar un abogado que le ofrezca una ruta viable, pero aún así, nada puede garantizar el éxito, ni siquiera de lograr un avance igual o similar a los casos descritos en este post.
Asimismo, se debe considerar el factor tiempo, puesto que los casos referidos, son producto de más de cuatro años de litigios, con el resultado que aún se encuentran, por lo menos, a medio camino de la meta deseada.
Asimismo, se debe considerar el factor tiempo, puesto que los casos referidos, son producto de más de cuatro años de litigios, con el resultado que aún se encuentran, por lo menos, a medio camino de la meta deseada.
Cada ahorrador debe decidir en libertad y conciencia si el esfuerzo de volver a comenzar vale la pena. Para aquellos que ya llevan camino andado, se les desea la mayor de las suertes.
Saludos a todos
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¿Responsable de este blog: Jorge Eduardo Jiménez
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