JUSTICIA, VERDAD, FRATERNIDAD EN EL CASO FICREA
Al Pueblo de México:
Al presidente de la República, Enrique Peña Nieto:
A los legisladores de la República:Al presidente de la República, Enrique Peña Nieto:
DIARIO DE UN AHORRADOR DEFRAUDADO: Hace dos semanas publicamos en este Blog una serie de preguntas que hacen los ahorradores defraudados por Ficrea en el estado de Jalisco, dirigidas a la Comisión Unida de ahorradores, sobre diversos aspectos sobre la búsqueda de una solución a la injusticia que hemos sufrido más de 6,800 familias mexicanas.
A continuación publico de nuevo las preguntas, con las respuestas que enviaron los integrantes de la Comisión Unida de ahorradores.
COMITÉ UNIDO AHORRADORES FICREA
PRESENTE
El
grupo de ahorradores de Ficrea afectados del estado de Jalisco, hemos decidido
expresar una serie de inquietudes a través del presente escrito sobre la
situación que guarda actualmente Ficrea. Por lo que le pedimos a la Comision
Unida de la manera más atenta, nos apoye con sus comentarios y particular punto
de vista sobre los siguientes aspectos, una vez tengamos sus amables y valiosos
comentarios convocaremos a una reunión de los ahorradores de Jalisco y les
expresaremos a todos los ahorradores sus comentarios y opiniones para con esto
disipar la mayor cantidad de inquietudes de nuestros compañeros ahorradores.
Tambien le pido nos disculpe en la redacción de dichas inquietudes pero en su
mayoría fueron expresadas tal cual lo expresaron nuestros compañeros
ahorradores. Gracias a la Comision Unida por toda su ayuda.
INQUIETUDES
DEMANDA
POR DAÑO PATRIMONIAL CONTRA EL ESTADO
1.
¿Existe alguna novedad que podamos agregarle al ultimo informe que nos hizo
llegar el despacho Hamdan, Manzanero y Asociados, S.C. con fecha del 8 de Julio
del 2015? Si es asi, que novedad nos podría compartir?
2.
¿Cuando tendríamos novedades sobre la demanda de Daño Patrimonial?
3.
¿Cuanto tiempo podría pasar, a partir de hoy, en el mejor de los casos para
empezar a obtener beneficios tangibles (dinero) gracias a la demanda de daño
patrimonial? Y en el peor de los casos? ¿Porque Recuerdo en sus anteriores
informes presenciales que nos comento que la Suprema Corte de Justicia de la
Nacion resolverá el problema en Septiembre (dentro de 2 meses).
4.
¿Qué haríamos si entes de septiembre (suponiendo que se cumpla esta fecha), se
concreta el Concurso Mercantil y la demanda del Lic. Hamdan siga pendiente?
5.
¿Una vez que el tema llegue a la Suprema Corte de Justicia, que seguiría en
cuanto a procedimiento?
6.
Entiendo que la demanda por Daño Patrimonial es independiente de otras acciones
que pudieran ejecutarse, entonces si se decreta el concurso mercantil de Ficrea
en que condición se continuaría con la demanda y cuál es la posibilidad real de
que se materialice solución por ésta vía, la de Daño Patrimonial?
7.
¿Existe posibilidad de que no se gane el juicio por daños patrimonial dado el
nivel de corruptela que existe en nuestro país?
RESPUESTA DE LA COMISIÓN UNIDA: En virtud que esta
comisión No ha participado en la ejecución de la demanda por el daño
patrimonial presentada por el Despacho Hamdan-Manzanero y con la finalidad de
no proporcionar información que desoriente o mal informe, les sugerimos que
estas preguntas sean canalizadas a los miembros de la comisión Jurídica quienes
son los responsables de mantener informada a toda la comunidad de ahorradores
sobre este proceso.
PREGUNTAS DE LOS AHORRADORES DE JALISCO Y RESPUESTAS DE LA COMISIÓN UNIDA:
VIA
LEGISLATIVA
Este
grupo legislativo planteaba un crédito puente con NAFINSA para cubrir a los
ahorradores hasta de $1,000 000 .00 los cual cubriría hasta el 80% de los
ahorradores. En base a esto
8.
¿ Quien tiene el contacto con los actores salientes encabezado en su momento
por los diputados Belaunzaran (PRD), Dolores Padierna (PRD), senador Javier
Lozano (PAN)?
Primero hay que aclarar
que en la Nueva de Ley de Ahorro y Crédito Popular para cubrir a los
ahorradores de hasta $ 1,000,000 no es un préstamo de NAFIN, es atreves de un
Nuevo Fondo que se crearía, el transitorio X establece:
X. Se ordena la creación
de un fondo denominado “Fondo para la Atención de Pequeños Ahorradores de
SOFIPOS” que tendrá por objeto cubrir el principal y los accesorios de los
ahorros de las personas físicas depositados en sociedades financieras populares
que hasta antes de la entrada en vigor del presente Decreto hayan sido
revocadas por entrar en estado de disolución y liquidación, hasta por un monto
de un millón pesos. Para efectos de determinar el monto a pagar por ahorrador,
se deberán descontar de sus depósitos, el saldo insoluto de los créditos
respecto de los cuales sea deudor el propio ahorrador frete a la sociedad
financiera popular en liquidación, así como el monto del seguro de depósito
correspondiente.
En otro párrafo de este
mismo transitorio dice:
Asimismo, los ahorradores
que quieran recibir el beneficio a que se refiere esta fracción, deberán ceder
a favor del propio fondo, el total de los derechos de cobro que tuvieren. En
todo caso, la presentación de la solicitud de pago por parte de los ahorradores
en términos de lo previsto en esta fracción será opcional, quedando a sus salvo
derechos en caso de no optar por la opción aludida.
Referente al contacto con
los legisladores, esta comisión está en continuo contacto con ellos, de hecho
la semana pasada nos reunimos con la Senadora Padierna y con el Senador Javier
Lozano, en este momento es el Senado
quién debe votar la ley, ya que los Diputados ya la aprobaron
9.
¿Se puede conseguir una cita con estos actores salientes para conocer de viva
voz la situación que guarda?
Los legisladores que
salen son los Diputados y ya estamos en contacto con algunos para en que en
caso de ser necesario entablemos una comunicación para retomar nuestro asunto.
10. ¿Cual es la dinámica cuando inicie el
próximo periodo legislativo?
Estaremos muy atentos para estar presentes durante la
primera semana del mes de Septiembre, para exigir que la LEY FICREA sea
considerada para su votación dentro de las primeras sesiones que los Senadores
realicen.
11.
¿Con quién podemos dirigirnos cuando inicie el nuevo periodo legislativo en
septiembre?
Estaremos contactando a los senadores que nos han brindado
su apoyo e incluso con aquellos que nos puedan apoyar para que la Ley sea
votada inmediatamente en virtud que el proyecto para expedir la nueva Ley de
Ahorro y Crédito Popular quedó de
primera lectura en el último día del periodo ordinario, la cual las comisiones unidas de Hacienda y de
Estudios Legislativos del Senado la
aprobaron con nueve votos a favor, cinco abstenciones y un voto en
contra.
Creemos que el Senador Encinas tendrá un papel muy
importante en la decisión que puedan tomar los partidos de Izquierda, por lo
que solicitaremos en su momento una reunión con él para conocer cuál será su
posición.
12.
¿Consideran como una posibilidad el hecho de que los legisladores decidan ya no
“ayudar” a los ahorradores aprobando la “ley Ficrea” porque quizás consideren
que ya no será necesario gracias al concurso mercantil?
Como lo hemos venido comentando en diferentes medios, el
Concurso Mercantil NO se contrapone con ninguno de los caminos que hemos
decidido tomar, ya sea Ley Ficrea, Demanda Civil, Penal incluso el Daño
Patrimonial. Debemos recordar que la ley no se aprobó debido a que en esta ley
se incluyeron disposiciones para regular las actividades de las Sociedades
Cooperativas de ahorro y préstamo. Sin embargo en nuestra reunión con la
Senadora Padierna se comprometió entre
otras cosas a:
• Formular un
nuevo dictamen para poder separar lo referente a FICREA del resto de la ley y
se originaría en el propio senado respetando el texto actual ya que este ha
sido aceptado por los diferentes partidos, pero al estar en paquete con el
resto de la ley, aun cuando lo que a FICREA toca está avalado, el resto de la
ley como esta no lo votarían de acuerdo.
• La Senadora,
ofrece presentar la nueva iniciativa, que ella misma elaboraría respetando el
texto actual que atiende al caso FICREA, la próxima semana incluso de acuerdo
con el PAN ya que con el PRI es complicado que acepte ya que este partido atiende
específicamente lo que el gobierno dice.
13.
¿Qué probabilidad existe de que el legislativo apruebe, en septiembre, el
rescate de ahorradores con monto hasta el millón?
Esta comisión está
presionando a los legislativos (SENADORES) para que la Ley sea de las primeras
leyes que se discutan en el periodo ordinario que inicia en Septiembre y
propusimos también la celebración de trabajos conjuntos entre Legisladores,
Autoridades, Representantes de FICREA y
Cooperativistas para que se llegue a un acuerdo en los puntos de
diferencia con estos últimos y lograr que la ley avance.
CONCURSO
MERCANTIL
14.
la demanda del concurso mercantil ¿es para todos o solo para los que demandaron
?....
El concurso mercantil cubre a todos los acreedores
(ahorradores) que en su momento se validen ante el juez para que se reconozca
los créditos que se tiene con FICREA.
15.
¿En caso de que prospere el concurso mercantil, nuestra demanda de daño
patrimonial contra el estado queda sin efecto automáticamente al igual que
otras acciones legales?
Como ya lo mencionamos anteriormente el Concurso Mercantil
no se contrapone con ninguna acción ya que el CM es en contra de Ficrea y el
Daño Patrimonial es Contra el Estad,o, el Daño patrimonial deberá seguir su
curso ante las instancias que el Lic. Fauzi determine.
16.
de ser asi nuestra demanda de daño patrimonial queda sin efecto y tendremos que
unirnos a todos de ahorradores optando por la via del concurso mercantil ?
Hay que recordar que el Concurso Mercantil beneficia a todos,
estén o no en la demanda inicial, lo recomendable es estar atentos a los
avances que vaya teniendo este juicio para que en su momento presentemos
nuestros documentos ante el juez para que seamos reconocidos como acreedores.
17.
al final del concurso mercantil solo recibiremos centavos de cada peso ?
Una de las ventajas que tiene el Concurso Mercantil es que
los activos de FICREA no se REMATARAN como lo pretendía la liquidación que la CNBV quería hacer de los activos, el
CM bajo la Figura del Sindico y Juez deben buscar el mayor valor posible de dichos Activos a través de
SUBASTAS PUBLICAS o cualquier otro instrumento.
18.
esta opción tomo cuenta últimamente en los medios, sin embargo recientemente se
dio a conocer en los medios que la CNBV interpuso un recurso legal para evitar
el concurso mercantil. Cual considera que sea el objetivo de CNBV al actuar de
esta forma?
Tenemos conocimiento que la CNBV interpuso un recurso para
revocar la decisión del Juez, sin embargo es importante señalar que el
Interventor de Ficrea SE ALLANÓ al CM.
Esto quiere decir que Ficrea reconoce y está de acuerdo de que está en los
supuestos de la Ley para que esta se declare en Concurso Mercantil.
19.
En el ultimo informe del Despacho del Lic. Fauzi Hamdan se detalla que
legalmente solo la CNBV estaba autorizada para demandar la declaración del
concurso mercantil, sin embargo, cuando se conoció la noticia de que el juez
había aceptado el recurso interpuesto por el grupo de ahorradores en favor del
concurso mercantil, se dijo que legalmente podía prosperar dado que
recientemente había habido una modificación a la ley que permitia que el
ahorrador pudera demandar la declaración del concurso mercantil y que por tal motivo
el juez de distrito acepto dicho recurso. ¿Que opinión hay al respecto?
Al parecer el Despacho del Lic. Fauzi Handam desconoce
completamente la Ley de Concursos Mercantiles, ya que el artículo 21 de esta
ley establece que:
Podrán demandar la
declaración de concurso mercantil cualquier acreedor del Comerciante o el
Ministerio Público.
Adicionalmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha
determinado criterios que el valor superior persigue la garantía de igualdad
prevista en los artículos 1 y 13 de la Constitución Política de los estados
Unidos Mexicanos.
Por lo tanto el CM se admitió por encontrarse ajustada a
derecho con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1. 13, 17 y 104 de
Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos. Así como los artículos 1, 9, 10, 11,17, 22, 23, 24, 25, 26, 244Bis,
245,246, 247 y demás aplicables de la Ley de Concursos mercantiles
Sin embargo en el mismo comunicado que se menciona en la
pregunta el mismo Fauzi reconoce que el CM no se contrapone con la demanda por
daño patrimonial.
20.
¿Por que se ha dicho en varios medios que el concurso mercantil es compatible
con la demanda de daño patrimonial si tengo entendido que para acceder
(formarte) a dicho concurso tienes que renunciar a toda acción legal
emprendida. Por lo que para mi esto no es compatibilidad. Que opinión nos da al
respecto?
La Ley de CM no obliga a renunciar a acciones legales,
consideramos que el CM es un elemento muy importante para demostrar que hubo
daño patrimonial, por ejemplo si el CM nos pagara 0.80 centavos por cada peso
ahorrado, el daño patrimonial se estaría causando en virtud que los 0.20
centavos restantes más los intereses
devengados no fueron recuperados por la vía del CM, por lo tanto ahí está
el daño patrimonial y es por eso que es complementarias y compatibles ambas
acciones.
21.
¿A los ahorradores de menos de 1 millón conviene el concurso mercantil?
El concurso mercantil garantiza que todos los acreedores
reconocidos en el juicio reciban la misma proporción de la realización de los
activos, por ejemplo. Si la venta de los activos de Ficrea alcanza para pagar
$0.90 centavos por cada peso ahorrado, todos recibiremos los mismos $0.90
centavos no importando si tenemos menos o más de un millón de pesos.
22.
¿A los ahorradores de mas de 1 millon conviene el concurso mercantil?
El concurso mercantil garantiza que todos los acreedores
reconocidos en el juicio reciban la misma proporción de la realización de los
activos, por ejemplo. Si la venta de los activos de Ficrea alcanza para pagar
$0.90 centavos por cada peso ahorrado, todos recibiremos los mismos $0.90
centavos no importando si tenemos menos o más de un millón de pesos.
23.
Por ahí se comenta que lo idea seria que se aprobara la ley Ficrea para pagar a
los ahorradores de menos de un millón de pesos, y que tambien prosperara el
concurso mercantil para pagar a los ahorradores con montos superiores al
millón, es este el escenario ideal?
El escenario ideal es que todos recuperemos la totalidad de
nuestro patrimonio dentro de una misma solución, sin embargo consideramos que
la ley Ficrea Aunque los términos en que se encuentra la iniciativa no son del
todo favorables para todos, tenemos que apoyar el camino más rápido a las
soluciones. Con la votación de la iniciativa, el 80% de los ahorradores,
aquellos cuyas sumas no rebasan el millón de pesos, encontrarían una solución y
sería un buen avance pues daría oportunidad al 20% restante para optar por
soluciones distintas que les permitan acceder al 100 por ciento de su
patrimonio.
24.
¿Cuanto tiempo podría pasar en el mejor de los casos para empezar a obtener
beneficios tangibles (dinero) gracias al concurso mercantil? Y en el peor de
los casos?
Los beneficios se obtienen dependiendo de la rapidez con la
que se moneticen los activos de Ficrea, sin embargo es de todos conocido que
hoy en día existe una cartera por valor de 3,200 millones de pesos que ha
estado administrada para su recuperación, tenemos información que la cobranza
de esta cartera ha ido evolucionando favorablemente por lo que debe haber una
cantidad considerable ya disponible para ser entregada a los acreedores y
repartida a prorrata.
Al resto de los activos se les debe practicar un avalúo para
determinar su valor y depende de la realización de las subastas públicas que el
Juez y Síndico determinen.
25.
Hola, aunque ya hayan corrido todos, tengo una fuerte inquietud, misma que
pongo a su consideración, en virtud de que le he estado dando vueltas al asunto
y no logro aterrizar en mi razonamiento, porque siento que alguien o alguienes
nos están engañando, y me gustaría que me ayuden y me alumbren, hay les va:
No se supone que el préstamo que nos iba a otorgar la Banca en Desarrollo de Hacienda, (artículos transitorios de la mal llamada Ley Ficrea), para pagar a los ahorradores de hasta un millón, préstamo, quedaría respaldado con la cesión de nuestra cartera, activos y bienes de Ficrea?
No se supone que el préstamo que nos iba a otorgar la Banca en Desarrollo de Hacienda, (artículos transitorios de la mal llamada Ley Ficrea), para pagar a los ahorradores de hasta un millón, préstamo, quedaría respaldado con la cesión de nuestra cartera, activos y bienes de Ficrea?
Se constestó en la Pregunta 8.
26.
Si prospera la Ley Ficrea y el concurso mercantil, el primer en formarse en el
concurso mercantil, sera el gobierno el cual recuperaría lo del crédito puente
a traves de dichos activos, por lo que seguiría dejando hasta al final a los
ahorradores de mas de un millón de pesos los cuales estarían claramente en
desventaja, es correcto esto?
En el concurso mercantil no hay privilegios para ningún acreedor
todos los que en su momento se validen
ante el juez para que se reconozca los créditos que se tiene con FICREA.
LIQUIDACION
27.
En retrospectiva, si mal no recuerdo esta es la opción que maneja de origen la
CNBV : a la fecha no tenemos conocimiento real del valor de los activos de
FICREA, lo cual parece increíble después de 7 meses, además que cuando se
liquida en forma general los activos los valúan aproximadamente en un tercio de
su valor, lo cual no nos conviene. También existe una propuesta de un grupo de
ahorradores en el cual se solicita que se participe directamente en el proceso
de la integración y venta de los bienes. Nos podrías ayudar un poco mas a
conocer sobre los beneficios y alcances de este asunto?
El CM permitirá conocer el valor de los activos de FICREA,
incluso permitirá conocer operaciones irregulares que se hayan realizado en los
últimos 3 años y como lo comentamos anteriormente en el CM los bienes no se
rematan se venden a través de Subastas Públicas, por lo tanto si existen
ahorradores que quieran participar en dichas subastas lo podrán hacer en su
momento siempre y cuando cumplan con lo que establezcan las bases para dichas
subastas y lo que dicte el Juez y Sindico.
PRESIDENCIA
DE LA REPUBLICA
28.
Tengo entendido que ya se venció la fecha acordada en la cual se obtendría una
respuesta por parte de la presidencia de la republica, ante esto, que ha
pasado, se ha reagendado alguna nueva visita para conocer dicha respuesta? O
que sigue?
Este tema lo ha venido realizando el Comité Jurídico, la
respuesta obtenida no fue satisfactoria, incluso cuando esa comisión se
presento en los pinos para escuchar la respuesta ya no fue recibida.
CNDH
(COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS)
29.
Despues de la reunión realizada en la Comision Nacional de Derechos Humanos,
Que estatus mantiene esta via?
Nuestra exposición de
hechos considerados violatorios a diversos derechos humanos, consagrados en la
Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos presentado el pasado mes
de Junio del 2015, sigue en proceso de investigación que están realizando los
visitadores por parte de la CNDH el cual se establece en el Articulo 24 de la
Ley de los Derechos Humanos.
30.
Cuando habrá una respuesta
De acuerdo a lo que nos comentaron en la reunión esto puede
tardar 45 a 60 días.
31.
Cuanto tiempo puede llevar en decidir si la CNDH emite o no una recomendación a
las instituciones involucradas (CNBV, CONDUSEF, SHCP.)
Concluida la investigación, el Visitador General formulará,
en su caso, un proyecto de Recomendación, o acuerdo de no responsabilidad en
los cuales se analizarán los hechos, los argumentos y pruebas, así como los
elementos de convicción y las diligencias practicadas, a fin de determinar si
las autoridades o servidores han violado o no los derechos humanos de los
afectados, al haber incurrido en actos y omisiones ilegales, irrazonables,
injustas, inadecuadas, o erróneas, o hubiesen dejado sin respuesta las
solicitudes presentadas por los interesados durante un período que exceda
notoriamente los plazos fijados por las leyes.
En el proyecto de Recomendación, se señalarán las medidas
que procedan para la efectiva restitución de los afectados en sus derechos
fundamentales, y si procede en su caso, para la reparación de los daños y
perjuicios que se hubiesen ocasionado.
Los proyectos antes referidos serán sometidos al Presidente
de la Comisión Nacional para su consideración final.
32.
Que nivel de impacto puede generar el hecho de que la CNDH emita dicha
recomendación?
Creemos que una recomendación por parte de la CNDH puede
contribuir a demostrar que efectivamente hubo negligencia y opacidad en la
supervisión realizada por parte de la CNBV y la CONDUSEF, si se realiza una
recomendación basada en los argumentos que presentamos en nuestra queja el
pasado mes de Junio, esta coadyuvaría a demostrar el DAÑO PATRIMONIAL.
GENERALES
33.
Cuál es, hasta ahora, la mejor alternativa para una solución mejor, en tiempo y
monto para la recuperación de nuestros ahorros?
Desde nuestro punto de vista no existe en este momento una
solución única, como podrán haberse dado cuenta hemos seguido diferentes
caminos que nos lleven a la recuperación total de nuestro patrimonio y no
debemos dejar a un lado ninguna, haciendo un resumen y el estatus de las acciones que hemos seguido se podrá
tener una mejor visión.
ACCION
|
ESTATUS
|
IMPACTO EN LA RECUPERACION
|
1.
Ley Ficrea.
|
Probable aprobación en
Septiembre 2015.
|
80% al 100% el 20% restante podrá participar en la prorrata
de los $1,000 millones de pesos que NAFIN pueda prestar.
|
2.
Concurso Mercantil
|
El día 3 de Julio del
2015 el Juez decimocuarto de distrito en materia civil admitió la demanda de
Concurso Mercantil.
Una vez terminado el
trabajo del Visitador es probable que en el mes de Septiembre del 2015 se
declare a Ficrea en Concurso Mercantil.
|
Recuperación en función
de la monetización de los activos de Ficrea. De acuerdo a la información
proporcionada por la CNBV y Bienes Cedidos en Pago por Leadman Trade mas
bienes incautados y por Incautar por la PGR, existen suficientes activos para
recuperar el 100%.
|
3.
Mesa de acuerdos con autoridades.
|
Se han llevado a cabo 3
reuniones con el Titular de la Banca de Desarrollo y el Presidente de la
Condusef.
|
Con la finalidad de
establecer una mesa de acuerdos con las diferentes autoridades involucradas
en la solución del Caso Ficrea, cuyo objetivo es encontrar soluciones
integrales para la recuperación del total de nuestro patrimonio para el total
de los ahorradores.
|
4.
Demanda Patrimonial.
|
El Tribunal colegiado
admitió el pasado 7 de Agosto la queja que está basada en la ley Federal de
Responsabilidad Patrimonial del Estado.
|
Se busca el
resarcimiento de nuestros ahorros al 100% más intereses más 30% de daño
patrimonial.
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2 comments:
¿y cómo nos podemos comunicar con la comisión legal?, Para saber del proceso por daño patrimonial
Disculpen, pero no ha habido comunicación, antes nos informaban de las asambleas, y de las últimas yo no recibí jamás las convocatorias. Insisto ¿Cómo podemos comunicarnos con la comisión legislativa, o cómo se llame la comisión que debe informarnos de la acción legal por daño patrimonial?
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