Monday, August 24, 2015

Comisión Unida responde preguntas de ahorradores de Jalisco

JUSTICIA, VERDAD, FRATERNIDAD EN EL CASO FICREA

Al Pueblo de México:
Al presidente de la República, Enrique Peña Nieto:
A los legisladores de la República:

DIARIO DE UN AHORRADOR DEFRAUDADO: Hace dos semanas publicamos en este Blog una serie de preguntas que hacen los ahorradores defraudados por Ficrea en el estado de Jalisco, dirigidas a la Comisión Unida de ahorradores, sobre diversos aspectos sobre la búsqueda de una solución a la injusticia que hemos sufrido más de 6,800 familias mexicanas.

A continuación publico de nuevo las preguntas, con las respuestas que enviaron los integrantes de la Comisión Unida de ahorradores.


COMITÉ UNIDO AHORRADORES FICREA
PRESENTE
El grupo de ahorradores de Ficrea afectados del estado de Jalisco, hemos decidido expresar una serie de inquietudes a través del presente escrito sobre la situación que guarda actualmente Ficrea. Por lo que le pedimos a la Comision Unida de la manera más atenta, nos apoye con sus comentarios y particular punto de vista sobre los siguientes aspectos, una vez tengamos sus amables y valiosos comentarios convocaremos a una reunión de los ahorradores de Jalisco y les expresaremos a todos los ahorradores sus comentarios y opiniones para con esto disipar la mayor cantidad de inquietudes de nuestros compañeros ahorradores. Tambien le pido nos disculpe en la redacción de dichas inquietudes pero en su mayoría fueron expresadas tal cual lo expresaron nuestros compañeros ahorradores. Gracias a la Comision Unida por toda su ayuda.

INQUIETUDES
DEMANDA POR DAÑO PATRIMONIAL CONTRA EL ESTADO
1. ¿Existe alguna novedad que podamos agregarle al ultimo informe que nos hizo llegar el despacho Hamdan, Manzanero y Asociados, S.C. con fecha del 8 de Julio del 2015? Si es asi, que novedad nos podría compartir?
2. ¿Cuando tendríamos novedades sobre la demanda de Daño Patrimonial?
3. ¿Cuanto tiempo podría pasar, a partir de hoy, en el mejor de los casos para empezar a obtener beneficios tangibles (dinero) gracias a la demanda de daño patrimonial? Y en el peor de los casos? ¿Porque Recuerdo en sus anteriores informes presenciales que nos comento que la Suprema Corte de Justicia de la Nacion resolverá el problema en Septiembre (dentro de 2 meses).
4. ¿Qué haríamos si entes de septiembre (suponiendo que se cumpla esta fecha), se concreta el Concurso Mercantil y la demanda del Lic. Hamdan siga pendiente?
5. ¿Una vez que el tema llegue a la Suprema Corte de Justicia, que seguiría en cuanto a procedimiento?
6. Entiendo que la demanda por Daño Patrimonial es independiente de otras acciones que pudieran ejecutarse, entonces si se decreta el concurso mercantil de Ficrea en que condición se continuaría con la demanda y cuál es la posibilidad real de que se materialice solución por ésta vía, la de Daño Patrimonial?
7. ¿Existe posibilidad de que no se gane el juicio por daños patrimonial dado el nivel de corruptela que existe en nuestro país?

RESPUESTA DE LA COMISIÓN UNIDA: En virtud que esta comisión No ha participado en la ejecución de la demanda por el daño patrimonial presentada por el Despacho Hamdan-Manzanero y con la finalidad de no proporcionar información que desoriente o mal informe, les sugerimos que estas preguntas sean canalizadas a los miembros de la comisión Jurídica quienes son los responsables de mantener informada a toda la comunidad de ahorradores sobre este proceso.

PREGUNTAS DE LOS AHORRADORES DE JALISCO Y RESPUESTAS DE LA COMISIÓN UNIDA: 

VIA LEGISLATIVA
Este grupo legislativo planteaba un crédito puente con NAFINSA para cubrir a los ahorradores hasta de $1,000 000 .00 los cual cubriría hasta el 80% de los ahorradores. En base a esto
8. ¿ Quien tiene el contacto con los actores salientes encabezado en su momento por los diputados Belaunzaran (PRD), Dolores Padierna (PRD), senador Javier Lozano (PAN)?
Primero hay que aclarar que en la Nueva de Ley de Ahorro y Crédito Popular para cubrir a los ahorradores de hasta $ 1,000,000 no es un préstamo de NAFIN, es atreves de un Nuevo Fondo que se crearía, el transitorio X establece:
X. Se ordena la creación de un fondo denominado “Fondo para la Atención de Pequeños Ahorradores de SOFIPOS” que tendrá por objeto cubrir el principal y los accesorios de los ahorros de las personas físicas depositados en sociedades financieras populares que hasta antes de la entrada en vigor del presente Decreto hayan sido revocadas por entrar en estado de disolución y liquidación, hasta por un monto de un millón pesos. Para efectos de determinar el monto a pagar por ahorrador, se deberán descontar de sus depósitos, el saldo insoluto de los créditos respecto de los cuales sea deudor el propio ahorrador frete a la sociedad financiera popular en liquidación, así como el monto del seguro de depósito correspondiente. 
En otro párrafo de este mismo transitorio dice:
Asimismo, los ahorradores que quieran recibir el beneficio a que se refiere esta fracción, deberán ceder a favor del propio fondo, el total de los derechos de cobro que tuvieren. En todo caso, la presentación de la solicitud de pago por parte de los ahorradores en términos de lo previsto en esta fracción será opcional, quedando a sus salvo derechos en caso de no optar por la opción aludida.
Referente al contacto con los legisladores, esta comisión está en continuo contacto con ellos, de hecho la semana pasada nos reunimos con la Senadora Padierna y con el Senador Javier Lozano, en este momento es el  Senado quién debe votar la ley, ya que los Diputados ya la aprobaron
9. ¿Se puede conseguir una cita con estos actores salientes para conocer de viva voz la situación que guarda?
Los legisladores que salen son los Diputados y ya estamos en contacto con algunos para en que en caso de ser necesario entablemos una comunicación para retomar nuestro asunto.
 10. ¿Cual es la dinámica cuando inicie el próximo periodo legislativo?
Estaremos muy atentos para estar presentes durante la primera semana del mes de Septiembre, para exigir que la LEY FICREA sea considerada para su votación dentro de las primeras sesiones que los Senadores realicen.
11. ¿Con quién podemos dirigirnos cuando inicie el nuevo periodo legislativo en septiembre?
Estaremos contactando a los senadores que nos han brindado su apoyo e incluso con aquellos que nos puedan apoyar para que la Ley sea votada inmediatamente en virtud que el proyecto para expedir la nueva Ley de Ahorro y Crédito Popular  quedó de primera lectura en el último día del periodo ordinario, la cual  las comisiones unidas de Hacienda y de Estudios Legislativos del Senado la  aprobaron con nueve votos a favor, cinco abstenciones y un voto en contra.
Creemos que el Senador Encinas tendrá un papel muy importante en la decisión que puedan tomar los partidos de Izquierda, por lo que solicitaremos en su momento una reunión con él para conocer cuál será su posición.   

12. ¿Consideran como una posibilidad el hecho de que los legisladores decidan ya no “ayudar” a los ahorradores aprobando la “ley Ficrea” porque quizás consideren que ya no será necesario gracias al concurso mercantil?
Como lo hemos venido comentando en diferentes medios, el Concurso Mercantil NO se contrapone con ninguno de los caminos que hemos decidido tomar, ya sea Ley Ficrea, Demanda Civil, Penal incluso el Daño Patrimonial. Debemos recordar que la ley no se aprobó debido a que en esta ley se incluyeron disposiciones para regular las actividades de las Sociedades Cooperativas de ahorro y préstamo. Sin embargo en nuestra reunión con la Senadora Padierna se comprometió  entre otras cosas a:
•          Formular un nuevo dictamen para poder separar lo referente a FICREA del resto de la ley y se originaría en el propio senado respetando el texto actual ya que este ha sido aceptado por los diferentes partidos, pero al estar en paquete con el resto de la ley, aun cuando lo que a FICREA toca está avalado, el resto de la ley como esta no lo votarían de acuerdo.

•          La Senadora, ofrece presentar la nueva iniciativa, que ella misma elaboraría respetando el texto actual que atiende al caso FICREA, la próxima semana incluso de acuerdo con el PAN ya que con el PRI es complicado que acepte ya que este partido atiende específicamente lo que el gobierno dice. 

13. ¿Qué probabilidad existe de que el legislativo apruebe, en septiembre, el rescate de ahorradores con monto hasta el millón?
Esta comisión está presionando a los legislativos (SENADORES) para que la Ley sea de las primeras leyes que se discutan en el periodo ordinario que inicia en Septiembre y propusimos también la celebración de trabajos conjuntos entre Legisladores, Autoridades, Representantes de FICREA y  Cooperativistas para que se llegue a un acuerdo en los puntos de diferencia con estos últimos y lograr que la ley avance.

CONCURSO MERCANTIL
14. la demanda del concurso mercantil ¿es para todos o solo para los que demandaron ?....
El concurso mercantil cubre a todos los acreedores (ahorradores) que en su momento se validen ante el juez para que se reconozca los créditos que se tiene con FICREA.

15. ¿En caso de que prospere el concurso mercantil, nuestra demanda de daño patrimonial contra el estado queda sin efecto automáticamente al igual que otras acciones legales?
Como ya lo mencionamos anteriormente el Concurso Mercantil no se contrapone con ninguna acción ya que el CM es en contra de Ficrea y el Daño Patrimonial es Contra el Estad,o, el Daño patrimonial deberá seguir su curso ante las instancias que el Lic. Fauzi determine.

16. de ser asi nuestra demanda de daño patrimonial queda sin efecto y tendremos que unirnos a todos de ahorradores optando por la via del concurso mercantil ?
Hay que recordar que el Concurso Mercantil beneficia a todos, estén o no en la demanda inicial, lo recomendable es estar atentos a los avances que vaya teniendo este juicio para que en su momento presentemos nuestros documentos ante el juez para que seamos reconocidos como acreedores.

17. al final del concurso mercantil solo recibiremos centavos de cada peso ?
Una de las ventajas que tiene el Concurso Mercantil es que los activos de FICREA no se REMATARAN como lo pretendía la liquidación  que la CNBV quería hacer de los activos, el CM bajo la Figura del Sindico y Juez deben buscar el mayor valor  posible de dichos Activos a través de SUBASTAS PUBLICAS o cualquier otro instrumento.

18. esta opción tomo cuenta últimamente en los medios, sin embargo recientemente se dio a conocer en los medios que la CNBV interpuso un recurso legal para evitar el concurso mercantil. Cual considera que sea el objetivo de CNBV al actuar de esta forma?
Tenemos conocimiento que la CNBV interpuso un recurso para revocar la decisión del Juez, sin embargo es importante señalar que el Interventor de Ficrea SE ALLANÓ al  CM. Esto quiere decir que Ficrea reconoce y está de acuerdo de que está en los supuestos de la Ley para que esta se declare en Concurso Mercantil.

19. En el ultimo informe del Despacho del Lic. Fauzi Hamdan se detalla que legalmente solo la CNBV estaba autorizada para demandar la declaración del concurso mercantil, sin embargo, cuando se conoció la noticia de que el juez había aceptado el recurso interpuesto por el grupo de ahorradores en favor del concurso mercantil, se dijo que legalmente podía prosperar dado que recientemente había habido una modificación a la ley que permitia que el ahorrador pudera demandar la declaración del concurso mercantil y que por tal motivo el juez de distrito acepto dicho recurso. ¿Que opinión hay al respecto?
Al parecer el Despacho del Lic. Fauzi Handam desconoce completamente la Ley de Concursos Mercantiles, ya que el artículo 21 de esta ley establece que:

Podrán demandar la declaración de concurso mercantil cualquier acreedor del Comerciante o el Ministerio Público.
Adicionalmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado criterios que el valor superior persigue la garantía de igualdad prevista en los artículos 1 y 13 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos.
Por lo tanto el CM se admitió por encontrarse ajustada a derecho con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1. 13, 17 y 104 de Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos. Así como los artículos 1, 9, 10, 11,17, 22, 23, 24, 25, 26, 244Bis, 245,246, 247 y demás aplicables de la Ley de Concursos mercantiles

Sin embargo en el mismo comunicado que se menciona en la pregunta el mismo Fauzi reconoce que el CM no se contrapone con la demanda por daño patrimonial.

20. ¿Por que se ha dicho en varios medios que el concurso mercantil es compatible con la demanda de daño patrimonial si tengo entendido que para acceder (formarte) a dicho concurso tienes que renunciar a toda acción legal emprendida. Por lo que para mi esto no es compatibilidad. Que opinión nos da al respecto?
La Ley de CM no obliga a renunciar a acciones legales, consideramos que el CM es un elemento muy importante para demostrar que hubo daño patrimonial, por ejemplo si el CM nos pagara 0.80 centavos por cada peso ahorrado, el daño patrimonial se estaría causando en virtud que los 0.20 centavos restantes más los intereses  devengados no fueron recuperados por la vía del CM, por lo tanto ahí está el daño patrimonial y es por eso que es complementarias y compatibles ambas acciones.

21. ¿A los ahorradores de menos de 1 millón conviene el concurso mercantil?
El concurso mercantil garantiza que todos los acreedores reconocidos en el juicio reciban la misma proporción de la realización de los activos, por ejemplo. Si la venta de los activos de Ficrea alcanza para pagar $0.90 centavos por cada peso ahorrado, todos recibiremos los mismos $0.90 centavos no importando si tenemos menos o más de un millón de pesos.
22. ¿A los ahorradores de mas de 1 millon conviene el concurso mercantil?
El concurso mercantil garantiza que todos los acreedores reconocidos en el juicio reciban la misma proporción de la realización de los activos, por ejemplo. Si la venta de los activos de Ficrea alcanza para pagar $0.90 centavos por cada peso ahorrado, todos recibiremos los mismos $0.90 centavos no importando si tenemos menos o más de un millón de pesos.

23. Por ahí se comenta que lo idea seria que se aprobara la ley Ficrea para pagar a los ahorradores de menos de un millón de pesos, y que tambien prosperara el concurso mercantil para pagar a los ahorradores con montos superiores al millón, es este el escenario ideal?
El escenario ideal es que todos recuperemos la totalidad de nuestro patrimonio dentro de una misma solución, sin embargo consideramos que la ley Ficrea Aunque los términos en que se encuentra la iniciativa no son del todo favorables para todos, tenemos que apoyar el camino más rápido a las soluciones. Con la votación de la iniciativa, el 80% de los ahorradores, aquellos cuyas sumas no rebasan el millón de pesos, encontrarían una solución y sería un buen avance pues daría oportunidad al 20% restante para optar por soluciones distintas que les permitan acceder al 100 por ciento de su patrimonio.

24. ¿Cuanto tiempo podría pasar en el mejor de los casos para empezar a obtener beneficios tangibles (dinero) gracias al concurso mercantil? Y en el peor de los casos?
Los beneficios se obtienen dependiendo de la rapidez con la que se moneticen los activos de Ficrea, sin embargo es de todos conocido que hoy en día existe una cartera por valor de 3,200 millones de pesos que ha estado administrada para su recuperación, tenemos información que la cobranza de esta cartera ha ido evolucionando favorablemente por lo que debe haber una cantidad considerable ya disponible para ser entregada a los acreedores y repartida a prorrata.
Al resto de los activos se les debe practicar un avalúo para determinar su valor y depende de la realización de las subastas públicas que el Juez y Síndico determinen.   

25. Hola, aunque ya hayan corrido todos, tengo una fuerte inquietud, misma que pongo a su consideración, en virtud de que le he estado dando vueltas al asunto y no logro aterrizar en mi razonamiento, porque siento que alguien o alguienes nos están engañando, y me gustaría que me ayuden y me alumbren, hay les va:
No se supone que el préstamo que nos iba a otorgar la Banca en Desarrollo de Hacienda, (artículos transitorios de la mal llamada Ley Ficrea), para pagar a los ahorradores de hasta un millón, préstamo, quedaría respaldado con la cesión de nuestra cartera, activos y bienes de Ficrea?
Se constestó en la Pregunta 8.
26. Si prospera la Ley Ficrea y el concurso mercantil, el primer en formarse en el concurso mercantil, sera el gobierno el cual recuperaría lo del crédito puente a traves de dichos activos, por lo que seguiría dejando hasta al final a los ahorradores de mas de un millón de pesos los cuales estarían claramente en desventaja, es correcto esto?
En el concurso mercantil no hay privilegios para ningún acreedor todos los  que en su momento se validen ante el juez para que se reconozca los créditos que se tiene con FICREA.

LIQUIDACION
27. En retrospectiva, si mal no recuerdo esta es la opción que maneja de origen la CNBV : a la fecha no tenemos conocimiento real del valor de los activos de FICREA, lo cual parece increíble después de 7 meses, además que cuando se liquida en forma general los activos los valúan aproximadamente en un tercio de su valor, lo cual no nos conviene. También existe una propuesta de un grupo de ahorradores en el cual se solicita que se participe directamente en el proceso de la integración y venta de los bienes. Nos podrías ayudar un poco mas a conocer sobre los beneficios y alcances de este asunto?
El CM permitirá conocer el valor de los activos de FICREA, incluso permitirá conocer operaciones irregulares que se hayan realizado en los últimos 3 años y como lo comentamos anteriormente en el CM los bienes no se rematan se venden a través de Subastas Públicas, por lo tanto si existen ahorradores que quieran participar en dichas subastas lo podrán hacer en su momento siempre y cuando cumplan con lo que establezcan las bases para dichas subastas y lo que dicte el Juez y Sindico.

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
28. Tengo entendido que ya se venció la fecha acordada en la cual se obtendría una respuesta por parte de la presidencia de la republica, ante esto, que ha pasado, se ha reagendado alguna nueva visita para conocer dicha respuesta? O que sigue?
Este tema lo ha venido realizando el Comité Jurídico, la respuesta obtenida no fue satisfactoria, incluso cuando esa comisión se presento en los pinos para escuchar la respuesta ya no fue recibida.

CNDH (COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS)
29. Despues de la reunión realizada en la Comision Nacional de Derechos Humanos, Que estatus mantiene esta via?
Nuestra exposición de hechos considerados violatorios a diversos derechos humanos, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos presentado el pasado mes de Junio del 2015, sigue en proceso de investigación que están realizando los visitadores por parte de la CNDH el cual se establece en el Articulo 24 de la Ley de los Derechos Humanos.

30. Cuando habrá una respuesta
De acuerdo a lo que nos comentaron en la reunión esto puede tardar 45 a 60 días.

31. Cuanto tiempo puede llevar en decidir si la CNDH emite o no una recomendación a las instituciones involucradas (CNBV, CONDUSEF, SHCP.)
Concluida la investigación, el Visitador General formulará, en su caso, un proyecto de Recomendación, o acuerdo de no responsabilidad en los cuales se analizarán los hechos, los argumentos y pruebas, así como los elementos de convicción y las diligencias practicadas, a fin de determinar si las autoridades o servidores han violado o no los derechos humanos de los afectados, al haber incurrido en actos y omisiones ilegales, irrazonables, injustas, inadecuadas, o erróneas, o hubiesen dejado sin respuesta las solicitudes presentadas por los interesados durante un período que exceda notoriamente los plazos fijados por las leyes.

En el proyecto de Recomendación, se señalarán las medidas que procedan para la efectiva restitución de los afectados en sus derechos fundamentales, y si procede en su caso, para la reparación de los daños y perjuicios que se hubiesen ocasionado.

Los proyectos antes referidos serán sometidos al Presidente de la Comisión Nacional para su consideración final.


32. Que nivel de impacto puede generar el hecho de que la CNDH emita dicha recomendación?
Creemos que una recomendación por parte de la CNDH puede contribuir a demostrar que efectivamente hubo negligencia y opacidad en la supervisión realizada por parte de la CNBV y la CONDUSEF, si se realiza una recomendación basada en los argumentos que presentamos en nuestra queja el pasado mes de Junio, esta coadyuvaría a demostrar el DAÑO PATRIMONIAL.  

GENERALES
33. Cuál es, hasta ahora, la mejor alternativa para una solución mejor, en tiempo y monto para la recuperación de nuestros ahorros?
Desde nuestro punto de vista no existe en este momento una solución única, como podrán haberse dado cuenta hemos seguido diferentes caminos que nos lleven a la recuperación total de nuestro patrimonio y no debemos dejar a un lado ninguna, haciendo un resumen y el estatus  de las acciones que hemos seguido se podrá tener una mejor visión.


ACCION
ESTATUS
IMPACTO EN LA RECUPERACION
1.                  Ley Ficrea.
Probable aprobación en Septiembre 2015.
80% al 100% el  20% restante podrá participar en la prorrata de los $1,000 millones de pesos que NAFIN pueda prestar.
2.                  Concurso Mercantil
El día 3 de Julio del 2015 el Juez decimocuarto de distrito en materia civil admitió la demanda de Concurso Mercantil.
Una vez terminado el trabajo del Visitador es probable que en el mes de Septiembre del 2015 se declare a Ficrea en Concurso Mercantil.
Recuperación en función de la monetización de los activos de Ficrea. De acuerdo a la información proporcionada por la CNBV y Bienes Cedidos en Pago por Leadman Trade mas bienes incautados y por Incautar por la PGR, existen suficientes activos para recuperar el 100%.
3.                  Mesa de acuerdos con autoridades.
Se han llevado a cabo 3 reuniones con el Titular de la Banca de Desarrollo y el Presidente de la Condusef.
Con la finalidad de establecer una mesa de acuerdos con las diferentes autoridades involucradas en la solución del Caso Ficrea, cuyo objetivo es encontrar soluciones integrales para la recuperación del total de nuestro patrimonio para el total de los ahorradores.
4.                  Demanda Patrimonial.
El Tribunal colegiado admitió el pasado 7 de Agosto la queja que está basada en la ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Se busca el resarcimiento de nuestros ahorros al 100% más intereses más 30% de daño patrimonial.


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Responsable de este blog: Jorge Eduardo Jiménez
En Twitter: Ehecatl6
Correo-e: ibetyouwishyouwererighthere@gmail.com



2 comments:

Jesus said...

¿y cómo nos podemos comunicar con la comisión legal?, Para saber del proceso por daño patrimonial

Jesus said...

Disculpen, pero no ha habido comunicación, antes nos informaban de las asambleas, y de las últimas yo no recibí jamás las convocatorias. Insisto ¿Cómo podemos comunicarnos con la comisión legislativa, o cómo se llame la comisión que debe informarnos de la acción legal por daño patrimonial?