Al Pueblo de México:
A los ahorradores defraudados por Ficrea y a sus familias:
A los ahorradores defraudados por Ficrea y a sus familias:
En los últimos días del pasado septiembre, hubo una mesa informativa entre ahorradores defraudados por Ficrea y funcionarios de PGR. Allí, uno de los funcionarios hizo un llamado a los presentes a "confiar en las instituciones de México". "Si no confiamos en nuestras instituciones, ¿En quién vamos a confiar?", se preguntó retoricamente el funcionario.
Es cierto, las instituciones de la República y el Estado mexicanos son la base para obtener justicia y hacer de este un país mejor. Pero hay un concepto que está arriba de las instituciones y ese concepto es el pueblo, la gente organizada. Recordemos que la Constitución mexicana, en su Artículo 39 dice:
Es por ello, que en el contexto del concurso mercantil (número 746/2015-P.C), a que será sometida Ficrea, es altamente recomendable que todos los ahorradores defraudados, acreedores de la empresa concursada, tengamos un elemento de vigilancia sobre el administrador durante este proceso. Dicho administrador será el síndico que será nombrado en próximos días. Y su vigilante, se le denomina interventor.
La mejor forma de que los ahorradores tengamos acceso a los informes del síndico y que tengamos la posibilidad de hacer directamente exhortos y comentarios al mismo y al juez del concurso, es por medio de tener un INTERVENTOR que pueda ser nuestros ojos y oídos dentro del proceso.
Como se ha explicado anteriormente, en el concurso mercantil, los acreedores comunes pueden tener hasta 10 interventores en total.
Para beneficiar a la totalidad de los ahorradores defraudados, en especial a quienes no cuentan con un abogado, o que no tienen para pagar honorarios de uno para el caso específico del Concurso Mercantil, este Blog lanza la iniciativa para que los ahorradores podamos tener un interventor independiente.
Es por ello que se emite la siguiente
CONVOCATORIA
Se convoca a todos los ahorradores defraudados por Ficrea, interesados en apoyar el nombramiento de un interventor independiente, a que envíen un mensaje con los siguientes datos:
a) Nombre completo del titular del adeudo (quién firmó el contrato con Ficrea)
b) Monto de su adeudo, tal como aparece en la sentencia del CM (o bien, el monto que aparece en su último estado de cuenta, MENOS el monto del seguro de protección).
Estos datos pueden ser enviados a cualquiera de los medios señalados al final de este post: Inbox de Facebook, mensaje directo en Twitter, o al mail ibetyouwishyouwererighthere@gmail.com.
Asimismo, hemos creado una dirección de correo electrónico para uso exclusivo de esta convocatoria, donde también pueden enviar sus datos. Se trata de:
ficrea.concurso@hotmail.com
Recordar que para que un grupo de acreedores pueda nombrar su propio interventor, debe contar con el número de acreedores que reúna al menos el 10% de la deuda.
Los datos que se proporcionen por lo medios señalados arriba serán tratados con absoluta confidencialidad, y se cotejarán con la lista de acreedores que aparece en la sentencia pública del juez 14 de distrito.
El compañero que fungiría como el titular de esta interventoría sería:
C.P. Roberto Delgado Fonseca (Aquí su página en Facebook)
Se trata de un compañero ahorrador defraudado, contador de profesión, ex trabajador del sector financiero gubernamental. Roberto ha estado presente en todos o casi todas las acciones realizadas por el movimiento de ahorradores organizados. Es por ello que muchos quizá lo conozcan de rostro y/o nombre. Esperemos próximamente organizar un encuentro con Roberto, además de que nos pueda él exponer, en este Blog, sus perspectivas respecto al trabajo de la interventoría que se propone.
Una vez que los compañeros interesados nos envíen su datos, esperamos poder reunir por lo menos el 10% del total del adeudo --por eso es importante el dato de su adeudo--. En un paso siguiente, se convocaría a una colecta de firmas, en los tiempos y formas que señale la legislación, contando con la asesoría de compañeros que son abogados.
SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITO
Como ya publicamos anteriormente, este es en link (Aquí) del Ifecom, que contiene el formato de Solicitud de Reconocimiento de Crédito y las instrucciones para presentarlo.
En dicha página, se dice que hay que presentar los documentos mencionados al "conciliador", en nuestro caso sería al SÍNDICO.
Los tiempos para presentar esta solicitud son 20 días naturales a partir de que se publique un fragmento de la sentencia del CM de Ficrea en el Diario Oficial, lo que puede ocurrir en próximos días.
El Artículo 122 de la Ley de CM (LCM) se establecen además otros plazos posteriores, durante el proceso, para presentar dicha solicitud.
Dicho Artículo 122 dice:
Respecto al llenado de la Solicitud, la Condusef publicó una guía para que los ahorradores de Ficrea llenen sus respectivas solicitudes. (Consultar guía aquí).
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Es cierto, las instituciones de la República y el Estado mexicanos son la base para obtener justicia y hacer de este un país mejor. Pero hay un concepto que está arriba de las instituciones y ese concepto es el pueblo, la gente organizada. Recordemos que la Constitución mexicana, en su Artículo 39 dice:
"La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público emana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene, en todo tiempo, el alienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno".Es por eso que el pueblo de México, los ahorradores defraudados por Ficrea en particular, tenemos derecho a desconfiar de nuestras instituciones, y de quienes actualmente las manejan. Desconfiar de ellas para mejorarlas, y más cuando vemos con nuestros ojos como dichas instituciones se corrompen por quienes las ocupan. Es responsabilidad del pueblo, de la gente, hacer que los servidores públicos hagan su trabajo con honestidad primero, y con eficiencia además.
Es por ello, que en el contexto del concurso mercantil (número 746/2015-P.C), a que será sometida Ficrea, es altamente recomendable que todos los ahorradores defraudados, acreedores de la empresa concursada, tengamos un elemento de vigilancia sobre el administrador durante este proceso. Dicho administrador será el síndico que será nombrado en próximos días. Y su vigilante, se le denomina interventor.
La mejor forma de que los ahorradores tengamos acceso a los informes del síndico y que tengamos la posibilidad de hacer directamente exhortos y comentarios al mismo y al juez del concurso, es por medio de tener un INTERVENTOR que pueda ser nuestros ojos y oídos dentro del proceso.
Como se ha explicado anteriormente, en el concurso mercantil, los acreedores comunes pueden tener hasta 10 interventores en total.
Para beneficiar a la totalidad de los ahorradores defraudados, en especial a quienes no cuentan con un abogado, o que no tienen para pagar honorarios de uno para el caso específico del Concurso Mercantil, este Blog lanza la iniciativa para que los ahorradores podamos tener un interventor independiente.
El interventor tomará nota de todo lo que haga
el síndico. Foto: Internet (Sólo a modo de ilustración)
Es por ello que se emite la siguiente
CONVOCATORIA
Se convoca a todos los ahorradores defraudados por Ficrea, interesados en apoyar el nombramiento de un interventor independiente, a que envíen un mensaje con los siguientes datos:
a) Nombre completo del titular del adeudo (quién firmó el contrato con Ficrea)
b) Monto de su adeudo, tal como aparece en la sentencia del CM (o bien, el monto que aparece en su último estado de cuenta, MENOS el monto del seguro de protección).
Estos datos pueden ser enviados a cualquiera de los medios señalados al final de este post: Inbox de Facebook, mensaje directo en Twitter, o al mail ibetyouwishyouwererighthere@gmail.com.
Asimismo, hemos creado una dirección de correo electrónico para uso exclusivo de esta convocatoria, donde también pueden enviar sus datos. Se trata de:
ficrea.concurso@hotmail.com
Recordar que para que un grupo de acreedores pueda nombrar su propio interventor, debe contar con el número de acreedores que reúna al menos el 10% de la deuda.
Los datos que se proporcionen por lo medios señalados arriba serán tratados con absoluta confidencialidad, y se cotejarán con la lista de acreedores que aparece en la sentencia pública del juez 14 de distrito.
El compañero que fungiría como el titular de esta interventoría sería:
C.P. Roberto Delgado Fonseca (Aquí su página en Facebook)
Se trata de un compañero ahorrador defraudado, contador de profesión, ex trabajador del sector financiero gubernamental. Roberto ha estado presente en todos o casi todas las acciones realizadas por el movimiento de ahorradores organizados. Es por ello que muchos quizá lo conozcan de rostro y/o nombre. Esperemos próximamente organizar un encuentro con Roberto, además de que nos pueda él exponer, en este Blog, sus perspectivas respecto al trabajo de la interventoría que se propone.
Una vez que los compañeros interesados nos envíen su datos, esperamos poder reunir por lo menos el 10% del total del adeudo --por eso es importante el dato de su adeudo--. En un paso siguiente, se convocaría a una colecta de firmas, en los tiempos y formas que señale la legislación, contando con la asesoría de compañeros que son abogados.
SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITO
Como ya publicamos anteriormente, este es en link (Aquí) del Ifecom, que contiene el formato de Solicitud de Reconocimiento de Crédito y las instrucciones para presentarlo.
En dicha página, se dice que hay que presentar los documentos mencionados al "conciliador", en nuestro caso sería al SÍNDICO.
Los tiempos para presentar esta solicitud son 20 días naturales a partir de que se publique un fragmento de la sentencia del CM de Ficrea en el Diario Oficial, lo que puede ocurrir en próximos días.
El Artículo 122 de la Ley de CM (LCM) se establecen además otros plazos posteriores, durante el proceso, para presentar dicha solicitud.
Dicho Artículo 122 dice:
"Artículo 122.- Los acreedores podrán solicitar el reconocimiento de sus créditos:
"I. Dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de la publicación de la sentencia de concurso mercantil en el Diario Oficial de la Federación;
"II. Dentro del plazo para formular objeciones a la lista provisional a que se refiere el artículo 129 de esta Ley, y
"III. Dentro del plazo para la interposición del recurso de apelación a la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos.
"Transcurrido el plazo de la fracción III, no podrá exigirse reconocimiento de crédito alguno. En el caso de créditos colectivos, para presentar solicitudes de reconocimiento de crédito bastará que el representante común de los acreedores comparezca ante el conciliador o síndico a solicitar el reconocimiento respectivo, pero cualquier acreedor del crédito colectivo estará habilitado para comparecer de manera individual a solicitar el reconocimiento del crédito respectivo. En este último supuesto, se deducirá de dicho crédito el monto reconocido en lo individual al acreedor".
Respecto al llenado de la Solicitud, la Condusef publicó una guía para que los ahorradores de Ficrea llenen sus respectivas solicitudes. (Consultar guía aquí).
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Responsable de este blog: Jorge Eduardo Jiménez
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