Monday, October 05, 2015

Explica Ifecom qué sigue en concurso mercantil de Ficrea

JUSTICIA, VERDAD, FRATERNIDAD EN EL CASO FICREA

Al Pueblo de México:
Al presidente de la República, Enrique Peña Nieto:
A los legisladores de la República:

DIARIO DE UN AHORRADOR DEFRAUDADO: Ficrea entró formalmente este lunes en concurso mercantil en etapa de quiebra. (Leer nota de CNNExpansión).

Ofrezco a continuación información proporcionada al respecto por el Instituto Federal de Concursos Mercantiles (Ifecom) (Su sitio web aquí), dependiente del Consejo de la Judicatura Federal:
"El día de hoy se publicó en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE); mismo que el público puede consultar en la página www.cjf.gob.mx que se declaró el concurso mercantil en etapa de quiebra, de la sociedad Ficrea.

"Conforme a la Ley, en unos días deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación el extracto de la sentencia y a partir del día siguiente tendrá (el interesado) oportunidad de presentarle al síndico que se designe en el concurso y en el domicilio que este proporcione para ese efecto, una solicitud de reconocimiento de crédito en un formato al que puede acceder en la página del IFECOM (www.ifecom.cjf.gob.mx). 

"Dicha solicitud podrá ser presentada en alguno de los siguientes momentos: 
  1. Dentro de los 20 días naturales siguientes a la mencionada publicación; 
  2. En el plazo de 5 días que el juez dará para formular objeciones, una vez que el síndico haya presentado la lista provisional (misma que debe ser presentada dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el Diario Oficial de la Federación); y 
  3. En el plazo de 9 días para interponer el recurso de apelación, en su caso, en contra de la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos que se dictará, después de que se haya presentado la lista definitiva, elaborada con base en la provisional, objeciones y nuevas solicitudes.


 "No obstante lo anterior, es muy importante señalar que el síndico está obligado a proponer el reconocimiento de acreedores en forma oficiosa teniendo como base la contabilidad de Ficrea, así como cualquier documento del que se desprenda su existencia, entre otras fuentes; es decir, que si el interesado está debidamente registrado en la contabilidad, aunque no hubiera presentado la solicitud de reconocimiento de crédito en los términos apuntados en el párrafo anterior, el síndico lo reconocerá como acreedor.

 "En consecuencia, la solicitud de reconocimiento de créditos no es necesaria; pero se sugiere para que el interesado señale y aporte los elementos de prueba conducentes, para determinar el debido reconocimiento de créditos.

 "Lo más importante en el proceso de reconocimiento de créditos es que el interesado verifique primero si en la lista provisional es debidamente reconocido en cuantía, grado y prelación, posteriormente, en la lista definitiva, y finalmente, en la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos y en su caso sus modificaciones,  para que pueda ser considerado en el pago, en la forma y términos que dispone la Ley de Concursos Mercantiles"


---------------------------------
Responsable de este blog: Jorge Eduardo Jiménez
En Twitter: Ehecatl6

Correo-e: ibetyouwishyouwererighthere@gmail.com 


No comments: