Monday, February 16, 2015

¿QUÉ DEBE HACER EL GRUPO DE TRABAJO EN EL CONGRESO?

Al pueblo de México:
Al presidente de la República, Enrique Peña Nieto:

¿Qué podemos esperar del grupo de trabajo conformado en el Congreso de la Unión por un grupo plural de diputados y senadores para tratar el caso del fraude en Ficrea y modificaciones a la Ley de Ahorro y Crédito Popular?

Mario Herrera, presidente de la Fundación para la Inclusión y el Desarrollo A.C., hace un análisis de los posibles cambios a la ley para beneficiar al sector del ahorro popular.





Como trabajar en favor de víctimas de la Financiera Ficrea

Por Mario Herrera
Presidente y Fundador de Fundación para la Inclusión y el Desarrollo, A.C.
Grupo de Trabajo Legislativo
Se ha conformado el ‘grupo de trabajo’ en la Cámara de Diputados, que habrá de intervenir en la investigación, estudio y en su caso, probable salida de resarcimiento de daños derivado del fraude cometido por el administrador de la Financiera Popular Ficrea, así sucederá también, en los próximos días en el Senado, restaría entonces saber cual de ellas fungirá como cámara de origen y arrancan trabajos, seguro estoy que, el trabajo conjunto interpartidista logrará una modificación general a las legislaciones integrantes del sector de ahorro y crédito popular.
Mal harían en proponer modificaciones al vapor o seguir generando falsas expectativas en el defraudado, se trata pues de por fin, dedicarse de lleno como representantes populares, a trabajar a fondo y conciencia en todas las carencias que no solamente presenta la actual Ley de Crédito Popular sino que, habrá de aprovecharse el momento financiero histórico para amarrarle las manos a todos esos administradores de sociedades populares y evitar desastres monetarios en adelante.
Este esfuerzo legislativo traerá, la respuesta a todas y cada una de las interrogantes y dudas de los ahorradores que han resultaron afectados, será la oportunidad del ahorrador para hacer valer su posición de víctima en las mesas, las modificaciones y adecuaciones legislativas deberán contener en especial, los candados suficientes y necesarios para lograr de una vez por todas, aterrizar la operación de las sociedades financieras al ámbito ‘popular’.
Quitarle el negocio compartido y las riquezas exorbitantes a las SOFIPOS, deberá estar en mente de cada uno de los integrantes de la mesa.
Todos los patrones de conductas anteriores deberán formar parte del amplio y delicado estudio y análisis a atender en el considerado más grande fraude en la historia de las Sociedades Financieras Populares del País, Ficrea es el parte aguas y el pretexto idóneo para actualizar Leyes en el sector.
Sin embargo, el grupo de trabajo legislativo, también tiene otra gran encomienda, la principal considero, buscar, gestionar y lograr la mejor salida de resarcimiento de daños para los afectados, una labor difícil más no imposible, si se sabe trabajar en verdadero equipo político, la solución está al alcance inmediato del legislador y tiene que hacerlo en el corto, muy corto plazo para impedir un efecto dominó en el resto de las financieras populares y en consecuencia y desastre económico que ya se comienza a gestar.
El grupo de trabajo, deberá esclarecer, quien o quienes resultaron los responsables directos e indirectos de la comisión del delito y sus sanciones ejemplares, deberá determinar en que falló la Ley y sus enmiendas históricas y retroactivas, deberá dejar en claro si Instituciones como el Tribunal Superior de Justicia el Distrito Federal o Gobiernos Estatales o Municipales, Políticos y personajes famosos pueden y deben ser candidatos populares para invertir en estas sociedades; los topes máximos otro paquete, de vital importancia para impedir inversiones por arriba del seguro de garantía en beneficio del propio ahorrador y de la sociedad.
Proceso para el resarcimiento de daños.
Urgente es la atención de esos miles de afectados con ahorro modesto y dentro de las esferas del sector de Crédito Popular, inteligencia es lo que deberá predominar en el grupo compuesto con legisladores de todas las bancadas de los partidos políticos y ya saber que la gran mayoría de los afectados tiene en promedio 1.5 millones de pesos, sobre esta base se debe conducir si se quiere una salida pronta del problema.
Segmentación los montos.
Conformar 3 grupos de personas, será la mejor y más rápida salida para resarcir de daños a los afectados, aquellos que cobran por seguro de garantía actual (montos menores a 25 mil UDIS), los que tienen por debajo del millón y medio de pesos invertidos y uno último de montos mayores a 1.5 millones de pesos.
Utilizar el proceso de pago actual (hasta 25,000 UDIS), fideicomiso aperturado con fondos de las mismas SOFIPOS y para los montos mayores a este tope, se deberá cubrir con el producto obtenido de la venta de activos, con lo cual se evitaría el rescate por parte del Estado con fondos del erario y se cubriría al 100% a la totalidad de afectados.
Montos hasta 25,000 UDIS.
El legislador tiene una gran tarea para urgir a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para ordenar, vigilar y supervisar se entregue de manera inmediata los cheques de todas aquellas personas que han solicitado el seguro de garantía, la tarea de la CNBV no ha terminado sino hasta que se cubra el último peso a los afectados.
En la medida en que se cubra la totalidad de los seguros de garantía, se logrará certeza jurídica en el proceso y confianza en la sociedad ahorradora, deberá ser el primer punto en la agenda del grupo de trabajo, el proceso ya existe, ya está establecido, y la mecánica de pago ya se conoce, luego entonces solo es lentitud y burocracia en la emisión de cheques la que se debe agilizar.
De pagarse estos montos que no le cuestan al Gobierno, se estaría dando un gran paso y muy solido en la componenda del conflicto, poner módulos de atención adicionales, ventillas de trabajo o cualquier soporte mecánico que pueda aclerar la entrega de este dinero al cual tienen derecho por Ley cada uno de los ahorradores.
Existen personas de la tercera edad, madres solteras, gente sin trabajo, discapacitados, y otras más con un sin fin de necesidades, y que estos aproximados 131 mil pesos podrían enderezar su situación económica de manera temporal, necesario entonces, implementar medidas más prácticas y estrictas para no tardar tanto el pago de este dinero, no debe ser superior a 30 días más la conclusión de este proceso de pago de seguro.
De 25,000 UDIS a 300,000 UDIS.
Ya sabemos y ha quedado claro que con el cobro del seguro de garantía no se han de perder los derechos para reclamar el dinero remanente, la Ley así lo contempla y nada ni nadie habrá de impedir que puedan reclamar con posterioridad los montos que se tengan por arriba de los 25,000 UDIS, sin importar el monto ahorrado o invertido que se cobre inmediato y que se establezca el método por el cual habrá de descontarse el mismo de cualquiera de los procesos que se implementen para el resarcimiento del resto invertido.
Se propone entonces que, se aperture un segundo grupo de afectados que con independencia de que ya hayan cobrado el seguro de garantía a que tienen derecho, tengan hasta un millón y medio de pesos en promedio ahorrados o invertidos, cantidad que bien cabe en el rubro popular.
Una modificación a la Ley de Ahorro y Crédito Popular en su artículo 105, párrafo segundo, ayudaría a este grupo de personas, la actual ley establece:
“El Fondo de Protección tendrá como fin primordial, procurar cubrir los depósitos de dinero de cada ahorrador a que se refiere el inciso a) de la fracción I del Artículo 36 de la presente Ley, en los términos establecidos por el Artículo 112 de la misma, hasta por una cantidad equivalente a veinticinco mil UDIS, por persona física o moral, cualquiera que sea el número y clase de operaciones a su favor y a cargo de una misma Sociedad Financiera Popular, en caso de que se declare su disolución y liquidación, o se decrete su concurso mercantil”.

Para quedar, de la siguiente manera:

“El Fondo de Protección tendrá como fin primordial, procurar cubrir los depósitos de dinero de cada ahorrador a que se refiere el inciso a) de la fracción I del Artículo 36 de la presente Ley, en los términos establecidos por el Artículo 112 de la misma, hasta por una cantidad equivalente a trescientas mil UDIS, por persona física o moral, siempre y cuando las operaciones a su favor y se encuentren ajustadas al objeto social y de operación y a cargo de la misma Sociedad Financiera Popular, en caso de que se declare su disolución y liquidación, o se decrete su concurso mercantil”.
Con esta modalidad y a sabiendas que los recursos habrán de salir de las Sociedad Financieras Populares y no del erario público conforme a lo establecido por el artículo 105 de la LACP, facultado al Comité Técnico del Fondo de Protección para agilizar de igual manera el proceso de pago en su momento.
Se calcula que así, se podrá resarcir del daño causado por el fraude, a más del 80% de afectados y no se causaría agravio alguno a la sociedad en general con ningún rescate, no se violentaría de ninguna manera al resto de ahorradores y se recuperaría la confianza en el resto de los clientes de las SOFIPOS que se encuentren en igualdad de circunstancias de inversión.
No se criminaliza tampoco a los ahorradores e inversionistas de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SOCAP´S) por ejemplo, ya que se trata de cuestiones completamente distintas una de otra, mientras en cajas de ahorro sabemos que el fideicomiso se apertura con recursos al 40% del Gobierno Federal, 30% del Gobierno Estatal y otro 30% que le corresponde al ahorrador en igualdad de riesgos; en SOFIPOS el recurso proviene de las mismas Financieras, lo cual es muy justo.
Montos mayores a 300 mil UDIS.

Se podría decir que es aquí donde se darán los conflictos por las cantidades que se tienen invertidas y que algunas de ellas pudieran inclusive estar en la mira de las autoridades por los orígenes, pero siendo los menos, se podrá tener un mejor control de investigaciones respectivas y el establecimiento de una mecánica para el resarcimiento de daños a partir de lo asegurado en activos y también pasivos de Ficrea.
Si, se acepta que este proceso puede resultar el más lento y el más tedioso, pero se propone tener cuidado en las políticas públicas y metodología con sanciones que se pongan en la mesa, para obligar a los involucrados a lograr a la brevedad posible la conjunción de tareas a fin de aseguramiento total de bienes y luego la venta de los mismos, para conformar el fideicomiso necesario que habrá de resarcir el daño.
Confianza en la mesa de trabajo legislativa.
No será un trabajo fácil, ni inmediato, pero si pondrá solución al problema, confianza en este grupo legislativo se recomienda, inteligencia y sobre todo participación activa de los interesados.
Deberá salir de este grupo de trabajo no en una sino en varias iniciativa de reformas no solamente a la Ley de Ahorro y Crédito Popular, sino a las leyes relacionadas y con referencia a la economías solidaria, debe prevalecer el concepto propulsor de este tipo de sociedades, y que si se han cometido errores, se enmienden, se cubra lo correspondiente a la gente de buena fe y se proteja a futuros ahorradores de no repetir la historia.
El diputado federal Héctor Gutiérrez de la Garza por Nuevo León del Partido revolucionario Institucional, ha expuesto una de las más atinadas y congruentes intervenciones del tema ha indicado que “desde la propia comisión permanente se tuvo la intención y se precisó que se integrara un grupo de trabajo, por un representante de cada grupo parlamentario como de diputados como de senadores; es decir, están representadas todas las fuerzas políticas para trabajar en dos vías”.
Establezca de inmediato un procedimiento para tener una nueva Ley de Ahorro y Crédito Popular es su propuesta, e indica que la actual “es laxa y no tiene absolutamente nada de crédito popular”, por primera vez una opinión conocedora, y pone a temblar a quienes tienen ahorros por más de 100 millones de pesos, indicando que “de ninguna manera es la naturaleza de un crédito popular”.
La intención de este legislador es trabajar en dos vías una nueva Ley de Ahorro y Crédito Popular, que “modifique además que el fondo que se establece de protección; es decir, ese seguro que tanto se ha manejado de 25 mil UDIS, que es aproximadamente 130 mil pesos y que en este momento no se ha estado pagando con la celeridad debida, dado que este fondo no tiene toda la infraestructura para realizarlo de inmediato”.
Es poder aplicar la reforma en beneficio de los ahorradores de Ficrea, principalmente, “… aquellos ahorradores de montos menores, hablando de alrededor de medio millón de pesos y poder aplicar la ley, retroactivamente, en este caso en beneficio de diversas personas”.
Gutiérrez de la Garza, integrante del grupo de trabajo Ficrea ha sido, hasta donde se recuerda, el único que ha tenido la valentía de asegurar que “los ahorradores de menor cuantía, son los más importantes, los demás esperarían el proceso de liquidación de los activos de Ficrea que se vayan adquiriendo, localizando; pero por lo pronto que el mayor grueso de esos ahorradores tengan una respuesta lo más pronto posible y eso lo podemos hacer con voluntad en el mismo mes de febrero”.
Firmar contratos con abogados, ¿necesario?.
Definitivamente no. No es necesario firmar contratos tendenciosos y onerosos con ningún abogado dado que el grupo de trabajo ya integrado en la Cámara de Diputados tendrá la tarea entre otras, de analizar las mecánicas probables para modificar la legislación y en consecuencia se beneficien la mayoría de los ahorradores afectados, por tanto, no se requiere de la representación de ningún abogado a menos que se pretenda ejercitar acciones por cuenta propia para montos mayores.
Si las bases para el resarcimiento de daños, y las modificaciones a la ley las establecerá el Congreso y el trámite de entrega de cheques lo establece el Ejecutivo, no veo el momento en que firmas de abogados habrán de intervenir para generar un honorario o comisión de lo recuperado, tengan cuidado.
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Responsable de este blog: Jorge Eduardo Jiménez
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